MENORES Y EDAD PENAL

La edad penal en España es la de los 14 años, debido a algunos acontecimientos un sector de la población está planteándose cuestiones sobre la edad penal y la responsabilidad de los crímenes en menores que aún no tienen la mayoría de edad como para recibir condenas “adecuadas” según el delito que cometan. Sobre estos temas penales se habla hoy en la calle, y desde mi punto de vista, supone un conflicto a reflexionar muy profundamente para conseguir elaborar una ley que suponga la mejora de nuestra sociedad, en cuanto a esta problemática.
Para entenderlo mejor, es necesario que repasemos algunos conceptos que extraeré del trabajo de nuestros compañeros, que iniciaron con esta información su presentación.

Menor de edad:es una persona que todavía no ha tenido tiempo de adquirir psíquica y culturalmente las pautas de comportamiento social necesarias para ser considerado plenamente dueño y responsable de sus actos de la misma forma que lo es un mayor de edad y al
cual le asiste un derecho prioritario, constitucional e internacionalmente reconocido a la educación integral.
Responsabilidad penal:es la consecuencia jurídica de la violación de la ley, realizada por quien siendo imputable o inimputable, lleva a término actosprevistos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas.
Centro de Reforma Juvenil: establecimiento dotado de las instalaciones, equipamientos, servicios necesarios y medios personales para desarrollar prestaciones o programas para menores infractores, en ejecución o apoyo de las medidas judiciales que a éstos les han sido impuestas por Juzgados de Menores.

A continuación, como anexo, introduzco en este apartado un extracto de una entrevista a la fiscal de menores de Almería,Mari Ángeles González, en la que habla sobre este tema, y según su punto de vista sobre la necesidad de reformar las leyes del menor, debido a un incremento notable de las infracciones cometidas por menores de 14 años.

"Es necesario bajar la edad penal del menor de los 14 a los 12 años"
La fiscal de menores ofrece una visión profesional sobre la actual Ley del Menor y critica la carga de trabajo que soporta el juzgado de menores de Almería.
-¿Se han incrementado los delitos cometidos por menores en la provincia de Almería?
-Si. Hay un patrón de menores con trastornos de conducta que va en aumento. Nos llegan las cifras de la Delegación de Educación donde se refleja que en las aulas de orientación cada vez están tratando a más menores. También la Unidad Infantojuvenil de Salud Mental del hospital provincial está desbordada de trabajo. Los centros para menores con trastornos de conducta están al límite de su capacidad.

-¿A qué se debe este incremento?
-Indudablemente son muchos los factores influyentes, pero hay dos que pueden ser claves en este proceso. El equipo técnico de la fiscalía ha concluido, a raíz de analizar los perfiles de los menores con los que trabajan a diario, que el absentismo escolar es un claro factor criminógeno, pero en nuestro código penal no hay un mecanismo para luchar contra él, por lo que muchas veces nos vemos imposibilitados. Un menor absentista está ocioso y al no saber a qué dedicarse acaba cometiendo delitos. Por otro lado, cada vez más los jóvenes que, por experimentar nuevas sensaciones, prueban sustancias estupefacientes a edades muy tempranas. La droga supone un factor clave.

-¿Cree que la Ley del menor debería endurecerse como están reivindicando numerosos colectivos a raíz de casos tan graves como por ejemplo el de Marta del Castillo?
-La Ley del menor lleva muchos años y con ella se va trabajando y está respondiendo bien. Pero sí soy defensora de bajar la edad penal. Ahora sólo se puede intervenir con carácter sancionador con menores a partir de los 14 años y nos damos cuenta de que hay supuestos de menores que antes de cumplir los 14 años llevan ya una trayectoria delictiva impresionante. Concretamente, en Almería hemos tenido menores que con 14 años se le han archivado ya hasta 42 diligencias y no se le puede hacer nada porque no tiene la edad. Para el menor es perjudicial porque se le ocasiona una sensación de impunidad, y para la víctima es una sensación de que la justicia no actúa. Para mí sería conveniente que la edad penal se rebajara a los 12 años y que a partir de ahí sea el fiscal es el que instruya y valore si por las circunstancias del menor se debe intervenir o si se desiste hasta que tenga 14 años. La realidad es que cuanto más temprano se pueda actuar con menores delictivos, más efectivos serán todos los mecanismos.

-¿Cómo de habituales son los casos en los que la herramienta clave del delito es internet?
-Se ha experimentado un incremento notable de grabaciones de agresiones, incluso de delitos contra la libertad sexual. En la fiscalía de Almería hemos tenido casos de verdaderas violaciones y agresiones sexuales a un menor mientras otro lo grababa para después publicitarlo en internet. Por otro lado, también se han investigado casos de pederastia por internet y, aunque al año pasado no hubo ninguno, en 2008 se llegaron a practicar varias entradas y registros en domicilios.

-¿Cuáles son los casos más duros a los que se ha enfrentado a lo largo de su carrera profesional?
- Lo cierto es que sólo hemos tenido un asesinato desde que yo estoy en menores. Pero sin duda, los más duros son los delitos contra la libertad sexual. Cuando llegué a menores observé un incremento de este tipo de delitos que se producen en una etapa de la vida en la que los menores intentan vivir nuevas experiencias y que, por una falta de educación e implicación de los padres, no tienen una educación sexual. Si es cierto que los abandonos de bebés en contenedores también han sido casos muy duros porque además de la obligación de dar protección al menor, que es la víctima, la madre en varias ocasiones también ha sido menor de edad, por lo que además de tener que enjuiciarla, también es obligatorio velar por sus derechos y protegerla.

-¿Cuántos son los casos en los que los menores reinciden una vez que han cumplido la medida?
-Si hay menores reincidentes. De hecho, lo más insatisfactorio de esta profesión es cuando trabajas con un menor con 14 años y lo estás viendo hasta con 18 e incluso ya pasada la mayoría de edad. En estos casos es cuando nos planteamos si la medida que decidimos como adecuada fue realmente la mejor. Sin embargo hay muchos que logran reinsertarse, sobre todo los que tienen familias que les apoyan. Sin embargo, no siempre se cumplen patrones y se han dado casos de menores con familias desestructuradas que han conseguido reinsertarse en la sociedad. Sin duda esta es una de las cuestiones más satisfactorias.


*Para leer la entrevista entera dejo aquí el link.
http://www.elalmeria.es/article/almeria/697158/es/necesario/bajar/la/edad/penal/menor/los/los/anos.htm
Una de las cuestiones que más nos debe preocupar (según mi punto de vista) según la idea de la educación como mejora de la realidad y como prevención de delitos, es aquella que relaciona los delitos directamente con el absentismo escolar. Me ha parecido que esta fiscal, ofrece en este sentido, una puerta abierta a la esperanza para poder actuar directamente en la prevención. Por ello una intervención del educador social en la disminución del absentismo escolar será clave para reducir los delitos llevados a cabo por los menores. Otra de las cuestiones que plantea es la de disminuir la edad penal, y a mi parecer, lejos de reducirse esto a un simple endurecimiento de la ley del menor, la fiscal hace referencia a la importancia de intervenir, de manera educativa, lo antes posible, para poder evitar un empeoramiento de la situación de dichos menores.
Otra cuestión que se plantea en la entrevista es la de los delitos en internet, lo que nos lleva a reflexionar sobre la importancia de dar hoy día una educación para un uso correcto de las telecomunicaciones, desde las familias y los centros educativo y desde medidas del gobiernos, con el objetivo también de disminuir este tipo de delitos. Visto así, todo son ventajas. Pero por otro lado, una vez más es esfuerzo se concentra en poner parches y dejar de esforzarse para que la cosa funciones desde abajo, desde la más temprana infancia, sin invertir más en educación y en recursos para que los chicos/as que cometen delitos cuenten con recursos educativos que les ayude a "reformar una conducta conflictiva y delicctiva".
A continuación extraeré del trabajo de mis compañeros los tipos de internamientos que pueden llevarse hoy dia a cabo según los delitos y las condenas que se realicen con cada menor:

  • Internamiento en régimen cerrado: Estos menores residirán en un centro donde realizarán las tareas y actividades educativas correspondientes, pero siempre en el interior de éste.
  • Internamiento en régimen semiabierto: Al igual que en el caso anterior, los menores residirán en el centro pero, a diferencia del régimen cerrado, estos sí que podrán realizar actividades exteriores.
  • Internamiento en régimen abierto: Los menores realizan todas las actividades en su totalidad fuera del centro. Aun así el centro será su domicilio habitual.


Otras medidas correctoras que se aplican son los internamientos terapéuticos, las amonestaciones, las prestaciones a la comunidad, las tareas socio-educativas, la libertad vigilada, la asistencia al centro de día... En definitiva, medidas, a mi parecer , insuficientes para reducir los delitos de los niños/as y mejorar en definitiva su desarrollo personal, si no va acompañada de una intervención educativa que trabaje conjuntamente con ellos durante y posteriormente al desarrollo de dichas medidas correctoras.

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